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¿Todo preparado para ser el/la primero/a en solicitar la ayuda al alquiler 2024?


9 de noviembre de 2024

¡Menos de una semana para la apertura del plazo de solicitud de la ayuda al alquiler 2024!

Ser de los primeros puede aumentar tus posibilidades de obtener la ayuda, siempre que tu solicitud esté correcta.

Revisa de nuevo todos los requisitos y documentos, y si tienes alguna duda, contáctanos por WhatsApp al 689 485 382.

  • Requisitos:

Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda (en los términos de la LAU) en las Islas Baleares, de una duración mínima de un año.

La vivienda alquilada se debe destinar a residencia habitual y permanente de la persona arrendataria, quien deberá presentar un certificado o volante de empadronamiento donde deben constar las personas que residan en la vivienda, en la fecha de solicitud.

Las personas solicitantes debe tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias deben disponer de la autorización de estancia o residencia en España.

La renta máxima del alquiler debe ser igual o inferior a 900€ mensuales.

Las personas inquilinas deben estar al corriente del pago de las rentas del alquiler en el momento de solicitar la ayuda.

Todas las personas que residan en la vivienda no deben superar, conjuntamente, el límite de ingresos máximos (según el IPREM)

  • Documentación a presentar:

a) Solicitud cumplimentada y firmada (en caso de presentación presencial).

b) Anexo 1 cumplimentado y firmado.

c) Anexo 2 cumplimentado y firmado.

d) Anexo 3 cumplimentado y firmado (si es necesario).

e) Anexo 4 cumplimentado y firmado (si es necesario).

f) Anexo 5 cumplimentado y firmado (si es necesario).

g) Documento acreditativo de las facultades de representación, si es necesario.

h) Contrato de alquiler completo, en vigor y firmado por las partes.

i) Certificado del Registro de la Propiedad.

j) Empadronamiento en la vivienda objeto de la subvención.

k) Justificantes acreditativos del pago de las rentas mensuales a través de una entidad financiera o de crédito.

l) Título de familia numerosa, si es necesario.

m) Declaración administrativa del grado de discapacidad reconocido, si es necesario.

n) Declaración administrativa por la que se reconoce que la persona beneficiaria es victima de terrorismo o de violencia de género, si es necesario.

o) Documento acreditativo de tener residencia legal en España, en el caso de extranjeros.

Guarda este enlace; es donde tendrás que entrar para realizar el trámite de solicitud de la ayuda


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